El IVA es probablemente lo más confuso del día a día de un bar o restaurante. ¿Sirve el café con copa de coñac al 10% o al 21%? ¿Y si me lo pides para llevar? ¿Y el agua embotellada que vendo cerrada?
Vamos a ordenarlo. Lo que sigue es información general aplicable en España 2026. Para casos concretos consulta con tu gestoría.
La regla básica: en tu local, casi todo al 10%
Lo que mucha gente no sabe: cuando sirves para consumir en el local, es "servicio de hostelería" y casi todo va al 10% (IVA reducido), incluidas las bebidas con alcohol. Una caña, una copa de vino, un cubata o un carajillo servidos en tu barra o en mesa van al 10%, igual que la comida. Esto incluye:
- Comida elaborada (platos, tapas, bocadillos)
- Bebidas no alcohólicas (refrescos, agua, zumos) y café, infusiones, batidos
- Bebidas con alcohol servidas para tomar en el local (cerveza, vino, copas, cócteles, carajillo…)
- Postres, dulces, helados elaborados
El 21% (IVA general) solo aparece cuando dejas de prestar un servicio y pasas a vender un producto envasado:
- Una botella cerrada de vino o licor que el cliente se lleva (venta de producto, no servicio)
- Bebida alcohólica envasada para llevar, sin consumo en el local
- Tabaco y otros productos sin elaborar que revendas
Tabla rápida
| Producto | Cómo lo sirves | IVA |
|---|---|---|
| Bocadillo, ración, menú | Para tomar en local | 10% |
| Café solo, café con leche | Para tomar en local | 10% |
| Refresco, agua, zumo natural | Para tomar en local | 10% |
| Cerveza, vino, sangría | Para tomar en local | 10% |
| Cubatas, cócteles | Para tomar en local | 10% |
| Café irlandés (con whisky) | Para tomar en local | 10% |
| Carajillo | Para tomar en local | 10% |
| Comida para llevar (take-away) | Sin servicio adicional | 10% |
| Botella de vino o licor para llevar (cerrada) | Sin abrir, se la lleva el cliente | 21% |
| Catering / eventos | En domicilio del cliente | 10% |
Casos especiales que te van a tocar tarde o temprano
Carajillo, sol y sombra, café con whisky
Servidos en el local van al 10%, como cualquier bebida que tomas en la barra o en mesa: es servicio de hostelería. Que la bebida lleve alcohol no cambia el tipo si se consume en el local. Solo pagarías el 21% si vendieras la botella cerrada para llevar.
Take-away (comida para llevar)
La comida elaborada para llevar mantiene el 10% porque sigue siendo "servicio de hostelería" (incluye la elaboración). En cambio si vendes un producto sin elaborar (una botella de aceite, una conserva), eso es 4% o 10% según el producto, como tienda.
Botella cerrada de vino o licor
Si la botella se la lleva el cliente cerrada, es venta de producto y va al 21%. Pero si la abres y la sirves en mesa (la botella de vino de la comida, las copas), es servicio de restauración y va al 10%, como el resto de lo que sirves en el local.
Pan, agua y "extras"
Si los facturas dentro del menú/cubierto, van al tipo del servicio (10%). Si los vendes aparte como producto suelto, también 10% (siempre que sea elaborado o agua para consumo en local).
Propinas
Las propinas dadas voluntariamente por el cliente no llevan IVA porque no son contraprestación de un servicio. Son liberalidad. Pero ojo: si las metes en el ticket como "servicio incluido" obligatorio, eso ya es parte del servicio y lleva IVA.
Es la confusión más típica: pensar que el alcohol siempre va al 21%. En tu local, la caña y la copa van al 10% como la comida, porque es servicio de hostelería. Si las facturas al 21% se lo estás cobrando de más al cliente; el 21% solo es correcto cuando vendes producto envasado para llevar (una botella cerrada). Ante la duda con un caso concreto, consúltalo con tu gestoría.
El ticket tiene que mostrar el desglose de IVA: base imponible + tipo + cuota. Hacienda lo exige y los inspectores lo miran. Tu sistema de facturación debe sacarlo bien.
Modelo 303 y modelo 390
Los dos modelos clave son:
- Modelo 303: liquidación trimestral del IVA. Se presenta en abril (Q1), julio (Q2), octubre (Q3) y enero (Q4 + resumen). Recuerda que el plazo cierra el día 20.
- Modelo 390: resumen anual del IVA. Solo si estás obligado. Se presenta en enero del año siguiente.
VeriFactu en 2026
A partir de 2026, los sistemas de facturación deben cumplir VeriFactu (sistema de remisión voluntaria/obligatoria a la AEAT). Si tu TPV o sistema de facturación no lo cumple, podrías tener problemas. Verifica que tu proveedor de software lo soporta.
Lo que sí o sí debes hacer
- Configura los tipos de IVA correctamente en tu sistema desde el primer día
- Marca cada producto con su IVA: en el local casi todo al 10% (incluido el alcohol); 21% solo para botella cerrada o producto para llevar
- Genera tickets desglosados (base + IVA por tipo)
- Guarda las facturas 4 años (Hacienda puede pedirlas)
- Liquidación trimestral los días 20 de abril, julio, octubre y enero
- Si tienes volumen pequeño, considera tu régimen fiscal (módulos puede ser ventajoso)
¿Recordatorios trimestrales de IVA?
Campa&Go tiene recordatorios programables. Crea uno tipo "IVA trimestral" con plantilla automática y nunca más se te olvida la fecha del Modelo 303.
Ir a Recordatorios →Este artículo es informativo. Para asesoría fiscal personalizada consulta con tu gestoría o asesor.