Guía práctica · Actualizado a julio de 2026

Música, tele y fútbol en el bar: qué se paga de verdad y qué es legal

Cuánto cobra la SGAE (y la segunda factura de la que nadie te habla), si puedes poner Spotify, qué hay de cierto en la "música libre de derechos" y lo que cuesta el fútbol. Sin cifras de pánico y sin vender humo.

⚠️ Esto es una guía orientativa, no asesoría legal. Contenido actualizado a julio de 2026. Las tarifas dependen de la superficie, el aforo y el uso de cada local, y las entidades presupuestan caso a caso: el número exacto de tu bar te lo dan ellas o tu gestor.
En esta guía:
  1. Las dos facturas: SGAE y AGEDI-AIE
  2. Cuánto se paga a la SGAE
  3. La tele (y la radio) del bar
  4. ¿Se puede poner Spotify?
  5. Poner música sin pagar SGAE
  6. "Música libre de derechos"
  7. La supuesta "multa de la SGAE"
  8. Cuánto cuesta el fútbol
  9. En corto

1. Lo primero: no es una factura, son dos

Cuando en tu bar suena música grabada o hay una tele encendida donde la ven los clientes, la ley lo llama comunicación pública. Es el nombre técnico de algo muy simple: estás poniendo una obra al alcance de mucha gente a la vez. Lo dice el art. 20 de la Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI), que además incluye expresamente la emisión "en lugar accesible al público" de lo que sale por la tele o la radio.

Y aquí viene lo que casi nadie explica: esa comunicación pública genera derechos para dos grupos distintos, y cada uno pasa su factura:

Son derechos independientes y acumulativos: pagar a SGAE no te cubre lo de AGEDI-AIE, ni al revés. Un bar con música o tele en regla tiene, normalmente, dos facturas. En los casos judiciales que se conocen, la de AGEDI-AIE suele ser la más pequeña de las dos.

2. ¿Cuánto se paga a la SGAE por un bar?

No hay una cifra única, y quien te la dé sin preguntarte los metros de tu local te está engañando: depende de la superficie, el aforo y el uso (música ambiente, tele, música en vivo, baile) y SGAE presupuesta cada local caso a caso. Dicho esto, su propia web de licencias publica una tarifa orientativa de música ambiente para bares (consultada en julio de 2026), por superficie:

Es decir: para un bar pequeño, la parte de SGAE por música ambiente ronda los 17-28 €/mes. La música en vivo va aparte: de 76,07 a 162,27 €/mes según la categoría del local. A eso súmale la factura de AGEDI-AIE, que tiene sus propias tarifas sectoriales para bares (vigentes desde el 1 de enero de 2026) pero no publica una cifra simple: el número de tu local te lo dan ellos. Pide presupuesto a las dos entidades antes de creerte ningún número de internet, incluido este.

Y si lo tuyo es un pub o un bar de copas donde la música es el negocio, esa licencia es solo una de tus cuentas: aquí tienes el TPV y los números para un bar de copas, con la caja de madrugada incluida.

3. ¿Es obligatorio pagar por tener la tele en el bar?

Sí, si está encendida en la zona de clientes. No es una manía de la SGAE: el art. 20.2.g) del TRLPI incluye la emisión de la obra radiodifundida en lugar accesible al público como acto de comunicación pública. La tele del bar, aunque solo pongas las noticias, entra ahí. Y la radio también: en febrero de 2025 un juzgado de Logroño condenó a un comercio a pagar 2.392,45 € a SGAE y AGEDI-AIE; el dueño alegó que "solo eran emisoras de radio" y perdió.

¿Cuánto supone? Como orientación de prensa de 2026, la tele de un bar suele moverse entre 20 y 80 €/mes en licencias según el tamaño del local y el número de aparatos, una horquilla coherente con la tabla de SGAE para locales pequeños. Depende de superficie, aforo y uso: pide presupuesto a las entidades para tu caso concreto.

La única tele que no paga es la que no comunica al público: la del office donde solo entra el personal, o la que está apagada. Si está en la barra dando el telediario, devenga derechos.

4. ¿Se puede poner Spotify en un bar?

No con una cuenta normal, ni siquiera Premium. Los propios Términos de Uso de Spotify (sección 3, actualizados el 26/08/2025) conceden solo un permiso "personal y no comercial": ponerlo de fondo en un negocio incumple el contrato que tú misma aceptaste al crear la cuenta.

Y ojo, porque es doble problema: aunque pagues Spotify religiosamente, esa suscripción no sustituye las licencias de comunicación pública. Seguirías debiendo lo de SGAE y lo de AGEDI-AIE igual. La cuota mensual de Spotify no te compra ni un céntimo de tranquilidad legal en el bar.

La vía legal cómoda existe: son los servicios de música para negocios (el clásico hilo musical para comercios), que se contratan como empresa y llevan la gestión de licencias incorporada o resuelta. Compara lo que cuestan con la suma de las licencias antes de decidir.

5. ¿Puedo poner música en el bar sin pagar la SGAE?

La respuesta corta y honesta: solo si no suena nada de su repertorio, y eso es más difícil de lo que parece. SGAE gestiona a los autores; si en tu bar no suena repertorio suyo, no hay nada que pagarle. El problema es el segundo peaje: si lo que suena son grabaciones comerciales —canciones de artistas conocidos, aunque sea versión, aunque sea la radio—, AGEDI-AIE cobra igual, porque la remuneración de artistas y productores (arts. 108.4 y 116.2 TRLPI) es un derecho de gestión colectiva obligatoria: no se puede renunciar a él por contrato con nadie.

Así que las opciones reales son tres: silencio (gratis y legal), música con las dos licencias en regla, o música que de verdad no use ningún fonograma comercial, que es la casilla de la sección siguiente.

6. "Música libre de derechos para bares": la letra pequeña

Hay empresas que venden catálogos de música con licencia directa para negocios prometiendo que no pagarás nada a las entidades. Es una opción real, pero no es un salvoconducto garantizado, y quien te la venda como riesgo cero te está contando media película.

La propia AGEDI-AIE responde en su FAQ oficial que las empresas de ambientación que aseguran "repertorio propio sin pagar a AGEDI y AIE" infringen el TRLPI si lo que acaba sonando son fonogramas comerciales, precisamente porque esa remuneración es de gestión colectiva obligatoria. Y hay otro detalle que conviene saber antes de firmar: si un día te reclaman, la carga de la prueba recae en tu bar. Tendrías que poder demostrar qué sonaba en tu local, y eso no siempre es fácil.

Traducción práctica: la música realmente libre (compuesta y grabada con licencia directa, sin grabaciones comerciales de por medio) puede evitarte los pagos, pero exige disciplina total —ni una lista de éxitos "para el momento de cierre"— y guardar la documentación del servicio que contrates. Si eso te encaja, adelante con los ojos abiertos. Si tu bar vive de que suene lo que la gente conoce, casi siempre sale más a cuenta regularizar las dos licencias, que para un local pequeño son decenas de euros al mes, no cientos.

7. La "multa de la SGAE" no existe (lo que existe es peor de ignorar)

Empecemos desmontando el mito: no hay multa de la SGAE. Ni de AGEDI-AIE. Son entidades privadas, no tienen potestad para sancionar como una administración, y las cifras de pánico que circulan por ahí no salen de ningún tarifario oficial de sanciones, porque no lo hay.

Lo que sí hacen es reclamarte por la vía civil: primero cartas, luego una demanda pidiendo los atrasos, una indemnización y las costas. Y esas demandas las ganan. Casos reales y recientes:

Fíjate en el orden de magnitud: de cientos a pocos miles de euros, según los años reclamados y el local. Ni es el fin del mundo que te pintan algunos, ni es gratis ignorarlo: pagar años de atrasos de golpe, más indemnización y costas, siempre sale peor que los 17-28 €/mes que costaba estar en regla. Estas cifras son sentencias concretas, no tarifas: tu caso dependería de tu local y del tiempo reclamado.

Un consuelo fiscal: la cuota de SGAE y la de AGEDI-AIE son gastos deducibles del negocio, como la luz o el alquiler. Guarda las facturas y apúntalas.

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8. ¿Cuánto cuesta poner el fútbol en un bar?

Aquí la regla de oro: el abono de tu casa no vale para el bar. Los operadores venden paquetes de fútbol específicos para hostelería, y emitir los partidos con una cuenta de particular te expone a sanciones del operador y a reclamaciones. No es una leyenda de barra: es la condición del contrato que firmaste para tu salón, no para tu negocio.

¿Y cuánto vale el paquete de bares? Con una comparativa actualizada a junio de 2026, el orden de magnitud es 250-370 €/mes + IVA: Vodafone TV Bares en 280 €/mes, Orange TV Fútbol Bares en 285 €/mes y Movistar Plus+ Bar Fútbol en 323,95 €/mes con promoción de 6 meses. El precio varía sobre todo según los habitantes del municipio —en pueblos pequeños baja bastante— y la cifra exacta te la da cada operador con el CIF y la dirección del local. Sí, es mucho más caro que el abono de casa: por eso el fútbol solo compensa si de verdad te llena el bar los días de partido. Haz esa cuenta antes de firmar.

Y el detalle que casi nadie te cuenta: el paquete de fútbol no incluye las licencias musicales. Pagar a Movistar, Orange o Vodafone por los partidos no sustituye lo de SGAE y AGEDI-AIE por tener la tele encendida: son cosas distintas que se suman.

9. En corto: así se regulariza sin dramas

Música o tele en el bar = comunicación pública = dos facturas (SGAE y AGEDI-AIE), con importes que para un bar pequeño se miden en decenas de euros al mes, no en cientos. Spotify personal no vale y no te cubre nada. La "música libre de derechos" es posible pero con letra pequeña y la prueba a tu cargo. La "multa de la SGAE" no existe; las demandas civiles sí, y salen más caras que estar en regla. El fútbol va aparte, con el paquete de hostelería del operador, y tampoco te cubre la música.

Para regularizarte: pide presupuesto a las dos entidades con los metros y el uso real de tu local, compáralo con un servicio de música para negocios si lo tuyo es solo ambiente, y guarda las facturas como gasto deducible. Ya que te pones con los papeles del local, dale un repaso al resto de obligaciones legales de un bar y a los carteles obligatorios que tienen que estar a la vista. Y si lo tuyo son las dudas de normativa de la calle, tenemos más: si se puede fumar en tu terraza y si pueden entrar perros en tu bar.

La cuota de SGAE es un gasto más: que no se te pierda

SGAE, AGEDI-AIE, el paquete del fútbol... todo eso es deducible si está apuntado. Con Gastos e Ingresos de Campa&Go fotografías cada factura y el lector con IA te la apunta en su mes, lista para llevarle los números al gestor.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga a la SGAE por un bar?
No hay cifra única: depende de superficie, aforo y uso. Según la tarifa publicada en la web de licencias de SGAE (julio de 2026), la música ambiente en un bar pequeño ronda los 17-28 €/mes (16,69 € hasta 50 m²; 19,49 € de 51 a 100 m²; 27,82 € de 101 a 200 m²). Es orientativa: SGAE presupuesta caso a caso. Y recuerda que es solo una de las dos facturas: AGEDI-AIE cobra aparte.
¿Es obligatorio pagar la SGAE por tener la tele en el bar?
Sí, si está encendida en la zona de clientes: el art. 20 del TRLPI considera comunicación pública emitir la obra radiodifundida en lugar accesible al público. Como orientación de prensa de 2026, la tele de un bar supone entre 20 y 80 €/mes en licencias según tamaño y aparatos. La radio cuenta igual: en 2025 un juzgado de Logroño condenó a un local que alegó tener solo emisoras de radio.
¿Se puede poner Spotify en un bar?
No con cuenta personal, ni siquiera Premium: sus términos de uso solo permiten un uso personal y no comercial. Además, pagar Spotify no sustituye las licencias de SGAE y AGEDI-AIE: seguirías debiéndolas igual. La vía legal cómoda son los servicios de música para negocios (hilo musical para comercios).
¿Puedo poner música en el bar sin pagar la SGAE?
Solo si no suena repertorio gestionado por SGAE, y ni aun así te libras de todo: si suenan grabaciones comerciales, AGEDI-AIE cobra igual, porque la remuneración de artistas y productores (arts. 108.4 y 116.2 TRLPI) es de gestión colectiva obligatoria. El silencio es gratis; la música "sin pagar nada" exige que no suene ningún fonograma comercial y poder probarlo.
¿La música libre de derechos para bares es legal?
Es una opción real, pero con letra pequeña: AGEDI-AIE sostiene en su FAQ oficial que los servicios que prometen "repertorio propio sin pagar" infringen el TRLPI si suenan fonogramas comerciales, y en un juicio la carga de la prueba recae en el bar. Solo evita pagos si de verdad no suena ninguna grabación comercial. Desconfía de quien la venda como riesgo cero.
¿Qué multa hay por poner música sin licencia en el bar?
No existe la "multa de la SGAE": las entidades de gestión son privadas y no pueden sancionar. Lo que hacen es demandar por la vía civil (atrasos + indemnización + costas). Casos reales: 1.079,98 € en Ciudad Real (2024), 2.392,45 € en Logroño (2025) y 2.289 € en la Audiencia de León. De cientos a pocos miles de euros según los años reclamados; son sentencias, no tarifas.
¿Cuánto cuesta poner el fútbol en un bar?
El abono de casa no vale: hace falta el paquete de hostelería del operador, del orden de 250-370 €/mes + IVA según operador y habitantes del municipio (a mediados de 2026: Vodafone 280 €/mes, Orange 285 €/mes, Movistar 323,95 €/mes en promo). En pueblos pequeños baja bastante; la cifra exacta la da el operador con el CIF y la dirección del local. Y no incluye las licencias de SGAE y AGEDI-AIE, que van aparte.
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