Guía práctica

Obligaciones legales de un bar o restaurante en España

Todo lo que la ley te pide para tener tu local en regla, explicado con palabras normales y sin tecnicismos. Con la herramienta para cumplir cada punto sin volverte loca.

⚠️ Esto es una guía orientativa, no asesoría legal ni fiscal. La normativa cambia y tu comunidad autónoma (en nuestro caso, Baleares) puede tener requisitos propios. Confírmalo siempre con tu gestor o con la administración.
En esta guía:
  1. Licencia de actividad
  2. Información de alérgenos
  3. Registro de jornada
  4. Higiene y APPCC
  5. Empleados y Seguridad Social
  6. IVA y obligaciones fiscales
  7. VeriFactu y facturación
  8. Protección de datos (RGPD)
  9. Hojas de reclamaciones
  10. Música, tabaco, aforo y más

1. Licencia de actividad y apertura

Antes de servir el primer café necesitas la licencia de actividad (o la declaración responsable, según el municipio) que autoriza el local para uso de hostelería. Suele exigir un proyecto técnico, el certificado de que el local cumple normativa (incendios, salidas, insonorización si hay vecinos) y el alta en el ayuntamiento.

Si haces obra, también necesitarás la licencia de obras correspondiente. Es la parte más lenta y variable: empieza por aquí y cuenta con plazos.

2. Información de alérgenos

El Reglamento (UE) 1169/2011 obliga a informar de la presencia de los 14 alérgenos de declaración obligatoria en todos tus platos, incluidos los que sirves sin envasar. No basta con decirlo de palabra: la información tiene que estar disponible por escrito y ser accesible para el cliente que la pida.

No hace falta imprimir una enciclopedia: vale una carta de alérgenos por plato, una ficha que pueda enseñar el camarero, o un código QR en la mesa que lleve a esa información.

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📋 Guía paso a paso: cómo hacer la carta de alérgenos →

3. Registro de jornada

Desde el RD-ley 8/2019 es obligatorio registrar a diario la hora de entrada y salida de cada trabajador, sumar las horas y conservar esos registros cuatro años a disposición de la Inspección de Trabajo. Es una de las cosas que más se revisa en hostelería, y no llevarlo puede acarrear sanciones.

No necesitas un fichaje caro: vale cualquier sistema fiable que deje constancia de las horas y que puedas presentar si te lo piden.

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4. Higiene alimentaria y APPCC

Como negocio que manipula alimentos, estás obligada a tener un sistema de autocontrol basado en los principios APPCC (Reglamento CE 852/2004): control de temperaturas, trazabilidad, limpieza y desinfección, control de proveedores, etc. Además, el personal que manipula alimentos debe tener su formación de manipulador de alimentos.

En la práctica esto se traduce en llevar unos registros de higiene (temperaturas de cámaras, recepción de mercancía, limpieza) que puedas enseñar en una inspección sanitaria.

📋 Guía: APPCC y registros de higiene paso a paso →

5. Empleados y Seguridad Social

Si tienes equipo, antes de que empiecen a trabajar deben estar dados de alta en la Seguridad Social y con contrato conforme al convenio de hostelería que te aplique. A esto se suma la prevención de riesgos laborales (evaluación de riesgos, formación) y la vigilancia de la salud.

Recuerda que el coste real de un empleado no es solo su sueldo: la empresa paga además la Seguridad Social, que ronda un 30-32% extra sobre el bruto.

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6. IVA y obligaciones fiscales

Los servicios de hostelería y restauración tributan al 10% de IVA. Según tu forma jurídica (autónomo o sociedad) y tu régimen, tendrás que presentar las declaraciones periódicas de IVA (modelo 303), las retenciones si tienes personal o alquiler (modelo 111 y 115), y los resúmenes anuales. Aquí un buen gestor vale su peso en oro.

Llevar al día tus números —qué entra, qué cuesta cada plato, qué margen dejas— no es solo cumplir: es saber si ganas dinero.

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7. VeriFactu y facturación

VeriFactu es el sistema de la Agencia Tributaria que exige que las facturas se emitan con un software certificado, lleven un código QR y se guarden de forma inalterable. Tras el aplazamiento del Real Decreto-ley 15/2025, las fechas vigentes son el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos.

La hostelería es de los sectores más afectados por el alto volumen de facturas simplificadas (los tickets del TPV): tu sistema de cobro tendrá que estar adaptado. Como esta norma ya se ha retrasado una vez, confirma los plazos actuales con tu gestor y ve preparando tu TPV para la nueva facturación digital con tiempo.

8. Protección de datos (RGPD)

Si tratas datos personales —reservas con nombre y teléfono, cámaras de videovigilancia, wifi para clientes, newsletter— te aplica el RGPD y la LOPDGDD. Lo básico: informar de para qué usas los datos, tener una base legal, y en el caso de cámaras, colocar el cartel informativo de zona videovigilada y no grabar más de lo necesario.

9. Hojas de reclamaciones

Tienes que disponer de hojas de reclamaciones oficiales a disposición de los clientes y anunciarlo con un cartel visible. La regulación concreta es autonómica, así que revisa el modelo y el cartel que exige tu comunidad.

10. Música, tabaco, aforo y otros carteles

Dos de estas obligaciones, resueltas en minutos

Los alérgenos y el registro de jornada son de los que más se revisan. Con Campa&Go los tienes al día sin papeleo: carta de alérgenos con QR y fichaje con informe para Inspección.

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Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio informar de los alérgenos en un bar?
Sí. El Reglamento (UE) 1169/2011 obliga a informar de los 14 alérgenos de declaración obligatoria en todos los platos, también los servidos sin envasar. La información debe estar disponible por escrito para quien la pida.
¿Tengo que llevar un registro de jornada?
Sí. Desde el RD-ley 8/2019 es obligatorio registrar a diario la entrada y salida de cada trabajador y conservar esos registros cuatro años a disposición de la Inspección de Trabajo.
¿Qué IVA se aplica en hostelería?
Los servicios de hostelería y restauración tributan al 10% de IVA. Confirma siempre los casos concretos con tu gestor.
¿Cuándo es obligatorio VeriFactu?
Tras el aplazamiento del RD-ley 15/2025, las fechas vigentes son el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos. La hostelería es de los sectores más afectados por el volumen de tickets de TPV. Confirma los plazos actuales con tu gestor.
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