Sí, hay convenio nuevo y con las cifras de 2026 ya publicadas: el provincial 2025-2028, con subida del 4,5 % cada año. Tablas del BOP, pluses, las 15 pagas y también lo que no está publicado.
Es sectorial y provincial. Lo firmaron la patronal HORECA y los sindicatos CCOO y UGT, y su art. 2 lo deja claro: sus normas se aplican a todas las empresas de hostelería de la provincia, estén afiliadas o no. No hay que apuntarse a nada: si tienes un bar en Cádiz, este es tu convenio.
La ficha completa: Convenio Colectivo provincial de Hostelería de Cádiz 2025/2028, código de convenio 11000065011981, expediente 11/01/0176/2025. Se firmó el 9 de julio de 2025 (según CCOO; el BOP confirma que se presentó en el registro REGCON el 11/07/2025) y se publicó en el BOP de Cádiz nº 153, de 12 de agosto de 2025, páginas 2 a 13: resolución de inscripción, texto íntegro y los cuatro anexos (clasificación de establecimientos, grupos profesionales, tablas salariales 2025-2028 y grupos asimilados de casinos, salones de juego y recreativos, con sus propias tablas).
Ojo con el código: webs de terceros citan códigos abreviados o distintos. El que vale es el de la resolución del BOP. Y el convenio aplicable debe figurar en el contrato: guía de contratos en hostelería.
Fuente: BOP de Cádiz nº 153, de 12 de agosto de 2025 — PDF del BOP. Fecha de firma: ficha de CCOO.
Rige del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2028: cuatro años. Si nadie lo denuncia con dos meses de antelación al vencimiento, se prorroga tácitamente; y aunque venza, el articulado se mantiene en vigor hasta que se pacte uno nuevo. En agosto de 2026 está en su segundo año, sin vacíos ni dudas.
La subida de 2026 no hay que esperarla ni negociarla: ya está publicada. El art. 16 fija para el segundo año un 4,5 % sobre todos los conceptos económicos y salariales vigentes a 31/12/2025, con efectos del 1 de enero de 2026. Y lo mismo para los dos años siguientes:
| Año | Subida | Salario mínimo de convenio |
|---|---|---|
| 2025 | 4,5 % | 1.199,89 €/mes |
| 2026 | 4,5 % | 1.253,89 €/mes |
| 2027 | 4,5 % | 1.310,32 €/mes |
| 2028 | 4,5 % | 1.369,28 €/mes |
Fuente: art. 16 del convenio, BOP de Cádiz nº 153, de 12/08/2025. El salario mínimo de convenio se aplica salvo a las categorías que tengan un salario específico en las tablas.
En Cádiz no hay una tabla por oficio y ya está: cada grupo profesional cobra distinto según la categoría del establecimiento. El Anexo I clasifica los locales en tres letras, y equivocarse de letra es equivocarse de sueldo:
| Letra | Qué locales entran |
|---|---|
| C | Bares, cafés-bares y bares americanos de 3ª y 4ª, y restaurantes de 1 y 2 tenedores: el café-bar y el restaurante típicos |
| B | Bares de 1ª y 2ª, y restaurantes de 3 tenedores |
| A | Bares de categoría «Especial» y restaurantes de 4 y 5 tenedores |
Fuente: Anexo I «Clasificación de los establecimientos», BOP de Cádiz nº 153, de 12/08/2025.
Un aviso honesto: el convenio clasifica por letra, pero no dice cómo se acredita la categoría concreta de cada bar o restaurante (los tenedores, las tazas, la 1ª/2ª/3ª). En lo no previsto remite al acuerdo estatal del sector (ALEH). Si dudas de tu letra, ese papel lo resuelve tu gestoría, no esta página.
Las cifras que siguen salen del Anexo III del boletín, de la tabla salarial 2026, comprobadas una a una. Reproduzco los dos grupos que más se buscan; la tabla completa, con todos los grupos profesionales, está en el PDF del BOP: no copio cifras que no haya verificado.
| Grupo y oficios (Anexo II) | Cat. A | Cat. B | Cat. C |
|---|---|---|---|
| Grupo 3 · Cocinero/a, Jefe/a de Partida | 1.447,69 | 1.292,71 | 1.272,06 |
| Grupo 4 · Camarero/a, Barman, Cafetero/a | 1.411,04 | 1.277,17 | 1.253,89 |
Fuente: tabla salarial 2026 (Anexo III) y grupos profesionales (Anexo II), BOP de Cádiz nº 153, de 12 de agosto de 2025 — PDF del BOP. En un café-bar normal (categoría C), el camarero cobra el mismo salario base que el mínimo de convenio: 1.253,89 €.
Debajo de todo hay un suelo: el salario mínimo de convenio 2026 es 1.253,89 €/mes, salvo para las categorías con salario específico en tabla. Y el contrato para la formación tiene sus propias cifras en 2026: 889,16 €/mes el primer año y 988,35 €/mes el segundo.
El Anexo III actualiza también los pluses de cada año. Los de 2026:
| Concepto | Importe 2026 |
|---|---|
| Plus de transporte (general) | 3,02 €/día trabajado |
| Plus de transporte (hoteles fuera del casco urbano) | 3,96 €/día trabajado |
| Manutención (compensación económica) | 39,04 €/mes |
| Alojamiento (compensación económica) | 7,92 €/mes |
| Ropa de trabajo (si la empresa no da el uniforme) | 25,45 €/mes |
| Antigüedad (base de cálculo) | 653,98 € |
Fuente: Anexo III, tabla salarial 2026, BOP de Cádiz nº 153, de 12/08/2025 — PDF del BOP.
Tres matices que evitan errores de nómina:
Las horas entre las 22:00 y las 06:00 se pagan con un 25 % mínimo de recargo sobre el salario base. Con un matiz que casi nadie mira: para el personal contratado a partir de 1997, la franja nocturna cuenta desde las 00:00. En una plantilla normal de hoy, eso significa que el recargo empieza a medianoche, no a las diez.
Escala que arranca en un 4 % al cumplir cinco años en la empresa y llega al 20 % a los veinticinco. No se calcula sobre el salario base real, sino sobre una base de cálculo propia: 653,98 € en 2026. El primer tramo son unos 26,16 €/mes (cálculo propio: el 4 % de 653,98 €). Los tramos intermedios de la escala están en el art. 6 del texto.
Lo que más se olvida al presupuestar plantilla en Cádiz: aquí no son 14 pagas, son 15. Según el art. 8:
Las tres son prorrateables mediante acuerdo escrito con la representación legal de las personas trabajadoras (comité o delegados), no con cada trabajador de uno en uno: así lo dice el art. 8. Si prorrateas sin ese acuerdo, no vale.
Para ver lo que las 15 pagas hacen con el coste anual, la cuenta del salario base:
| Caso (tabla 2026) | Base mensual | × 15 pagas |
|---|---|---|
| Camarero/a en categoría C (= mínimo de convenio) | 1.253,89 | 18.808,35 |
| Cocinero/a en categoría C | 1.272,06 | 19.080,90 |
| Camarero/a en categoría A | 1.411,04 | 21.165,60 |
| Cocinero/a en categoría A | 1.447,69 | 21.715,35 |
Las cifras de esta tabla son cálculo propio a partir de los salarios base 2026 del BOP nº 153, no cifras publicadas: 15 pagas de salario base, contando la extra de octubre como una mensualidad (son 30 días de salario base). No incluyen antigüedad, transporte, nocturnidad ni cotizaciones. Dan el orden de magnitud, no una nómina: esa la firma tu gestoría.
La extra de octubre y el transporte por día mueven el coste anual: mételos en la calculadora de coste de empleado y comprueba el ratio de mano de obra de tu local.
Esas 1.800 horas y el descanso de 3 días cada 2 semanas no se controlan de memoria: cómo encajarlos, en descansos entre turnos en hostelería.
Si contratas personal extra para un banquete, un lunch o una boda, el convenio ya fija lo que se paga en 2026:
| Servicio | Importe 2026 |
|---|---|
| Camarero/a, hasta 4 horas | 89,77 € |
| Cocinero/a, hasta 4 horas | 95,43 € |
| Cada hora a partir de la cuarta | 22,47 €/hora |
| Nochevieja y Cotillón (mínimo 4 horas) | 56,09 €/hora |
Fuente: Anexo III, tabla salarial 2026, BOP de Cádiz nº 153, de 12/08/2025. La tarifa de Nochevieja y Cotillón se cobra con un mínimo de 4 horas: un extra esa noche no baja de 224,36 € (cálculo propio: 4 × 56,09 €).
Complemento de incapacidad temporal (art. 28): la empresa complementa la prestación de la Seguridad Social con un 25 % de la última base de cotización. Desde el día 1 en accidente de trabajo o enfermedad profesional, y desde el día 4 (inclusive) en enfermedad común. Dura hasta los 545 días de baja: 18 meses.
Seguro colectivo obligatorio (art. 30): a cargo de la empresa, con estos capitales desde el 1 de enero de 2026 y hasta el 31/12/2028:
| Contingencia | Capital |
|---|---|
| Muerte natural o invalidez permanente | 9.854,86 € |
| Muerte por accidente | 19.709,70 € |
| Muerte por accidente de circulación | 29.564,55 € |
Fuente: arts. 28 y 30 del convenio, BOP de Cádiz nº 153, de 12/08/2025. Si no tienes contratada la póliza y ocurre una desgracia, esos capitales los paga la empresa de su bolsillo: revisa con tu correduría que el seguro está en vigor y actualizado a los capitales de 2026.
Confundirlo es el error más común. Separado:
| Sale del convenio de Cádiz | Es ley en toda España |
|---|---|
| Tablas por grupo profesional y letra del local (A/B/C) | El SMI que fija el Gobierno cada año en el BOE |
| 15 pagas, con la extra de octubre | Registro diario de jornada (RD-ley 8/2019) |
| Plus de transporte por día trabajado | Mínimo de 30 días de vacaciones (art. 38 ET) |
| 1.800 horas anuales y tope de 40 semanales | Máximo de 80 horas extra al año (art. 35 ET) |
| Nocturnidad del 25 % y festivos al 150 % | Convenio irrenunciable (art. 3.5 ET) |
Izquierda: BOP de Cádiz nº 153, de 12/08/2025. Derecha: Estatuto de los Trabajadores y RD-ley 8/2019.
Regla mental: lo que se cobra sale de Cádiz; lo que se cumple sale del Estado. Cuando chocan, gana lo que más favorece al trabajador: el SMI es un mínimo de derecho necesario, se compara en cómputo anual y prevalece sobre la tabla si esta se queda corta. Comprueba el SMI vigente en el BOE antes de cerrar nóminas.
Antes que rellenar con números inventados, lo comprobado en negativo a 16 de agosto de 2026:
Última comprobación: 16 de agosto de 2026. Confírmalo en el boletín antes de firmar una nómina. El resto de España, en la guía madre: convenio de hostelería y sueldos 2026.
El convenio dice cuánto pagar. Las horas las registra el empresario por ley: el registro diario de jornada del RD-ley 8/2019, con convenio o sin él. Y es lo primero que pide la Inspección de Trabajo, antes que las nóminas.
Con 1.800 horas anuales, el transporte contado por día trabajado, la nocturnidad desde medianoche y los festivos a elección del trabajador, sin registro no puedes demostrar que has pagado bien. El detalle, en registro de jornada en hostelería.
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