Sí, hay convenio en vigor: el foral 2022-2025, en ultraactividad indefinida pactada por su propio artículo 3. Tablas del BON, pluses, pagas y también lo que no está publicado.
Navarra es comunidad uniprovincial, así que aquí no hay que elegir provincia: un solo convenio foral para todo el territorio. En el BON aparece titulado «Convenio Colectivo del Sector Hostelería», código 31003805011981, y según UGT afecta a más de 20.000 personas.
Se suscribió el 26 de julio de 2023 entre la patronal —la Asociación de Empresarios de Hostelería y Turismo de Navarra— y los sindicatos UGT y CC.OO. La otra asociación del sector, ANAPEH, no lo firmó: según explica ella misma, por considerar excesivas las subidas salariales. Que tu asociación no firmara no te libra: es el convenio sectorial registrado y publicado en el BON, y se aplica a todos los locales.
Otra diferencia con la mayoría de convenios provinciales: no distingue café-bar de restaurante ni categorías de local por tazas o tenedores. Clasifica por áreas funcionales y niveles salariales (Anexo I): el camarero/a y el barman/barwoman son Nivel 3 del área de restaurante, sala y bar; el cocinero/a es Nivel 3 del área de cocina y economato; los ayudantes de sala y de cocina son Nivel 4. El Nivel V existe solo para trabajadores de 16 y 17 años.
El convenio aplicable debe figurar en el contrato: guía de contratos en hostelería.
Fuente: anuncio del BON n.º 211, de 10 de octubre de 2023 (registro y depósito del convenio, Resolución 2C/2023, de 26 de septiembre) y Anexo I del texto del convenio (PDF del BON 211). Trabajadores afectados, según UGT Navarra.
El art. 3 fija la vigencia «hasta el 31 de diciembre de 2025». Venció. Y no pasa nada, porque el mismo artículo deja pactado que después «quedará vigente el contenido normativo del mismo de ultraactividad indefinida».
Es ultraactividad indefinida pactada, más fuerte que la ultraactividad legal de un año del Estatuto de los Trabajadores: no hay vacío, no hay decaimiento y siguen vigentes todas las cláusulas, tablas incluidas. En 2026, la nómina se calcula con la tabla de 2025, la última publicada.
Una rareza útil de conocer: el propio texto «se considerará denunciado expresamente desde el momento de su firma». Traducido: la mesa del siguiente convenio puede abrirse en cualquier momento, sin trámite previo. A 16 de agosto de 2026, en el BON no hay convenio nuevo ni tablas nuevas: el detalle de esa comprobación, en el punto 11.
Art. 3 del convenio, BON n.º 211 de 10/10/2023 (PDF del BON 211).
Las cifras que siguen son la columna 2025 de las tablas del convenio: la última publicada y, por la ultraactividad del punto 2, la que rige hoy. El salario va por nivel, no por tipo de local.
| Nivel | S. base | Plus conv. |
|---|---|---|
| Nivel I | 1.711,45 | 288,27 |
| Nivel II | 1.480,30 | — |
| Nivel III · camarero/a, barman/barwoman, cocinero/a | 1.318,44 | 230,02 |
| Nivel IV · ayudantes de camarero y de cocina | 1.272,11 | — |
| Nivel V · solo trabajadores de 16 y 17 años | 948,29 | 175,21 |
Fuente: arts. 4 (salarios base) y 9 (plus convenio) del convenio, BON n.º 211 de 10/10/2023 (PDF del BON 211). Las dos «—» no son cero: el art. 9 trae plus de convenio para los cinco niveles, pero en esta comprobación solo he verificado casilla a casilla los importes de los niveles I, III y V; los de los niveles II y IV, míralos en la tabla del art. 9 del propio boletín. La serie completa del salario base del Nivel III: 1.194,96 € (2022) → 1.242,76 € (2023) → 1.280,04 € (2024) → 1.318,44 € (2025).
Para extras y refuerzos, el convenio publica también un precio por hora (Anexo II):
| Nivel | €/hora |
|---|---|
| Nivel I | 17,21 |
| Nivel II | 15,05 |
| Nivel III · camarero/a y cocinero/a | 13,55 |
| Nivel IV · ayudantes | 13,12 |
| Nivel V · 16 y 17 años | 10,10 |
Anexo II del convenio, misma fuente. A los recepcionistas se les suma 0,62 €/hora en 2025. Serie del Nivel III: 12,28 → 12,77 → 13,16 → 13,55 €/hora (2022-2025).
El art. 9 crea un plus salarial que se cobra todos los meses aparte del salario base: 230,02 €/mes para el Nivel III en la tabla de 2025 (la serie: 208,48 → 216,82 → 223,32 → 230,02). No es voluntario: si lo olvidas, pagas de menos.
Y lo que más se escapa al presupuestar: las dos pagas extra llevan el plus dentro. El art. 6 dice que cada extra es «una mensualidad de los Salarios Base, Plus de Convenio y Antigüedad». Es decir: al año son 14 pagas de salario base más plus de convenio, no 14 de base y 12 de plus.
Arts. 6 y 9 del convenio, BON n.º 211 de 10/10/2023 (PDF del BON 211).
Según el art. 6, el año se estructura así:
Y aparte, el plus de manutención del art. 5: en 2025, 1.674,84 € al año en doce pagas mensuales de 139,57 €. Si el trabajador opta por comer en el establecimiento, la empresa se lo descuenta en nómina.
Estas pagas mueven el coste anual de verdad: mételas en la calculadora de coste de empleado.
Arts. 5 y 6 del convenio, BON n.º 211 de 10/10/2023 (PDF del BON 211).
| Nivel | €/hora |
|---|---|
| Nivel I | 3,08 |
| Nivel II | 2,60 |
| Nivel III · camarero/a y cocinero/a | 2,36 |
| Nivel IV · ayudantes | 2,33 |
Arts. 11, 14, 16 y 28 del convenio, BON n.º 211 de 10/10/2023 (PDF del BON 211). Ojo con una errata del propio boletín: en la tabla de nocturnidad del PDF, la fila del Nivel III aparece rotulada por segunda vez como «NIVEL II». Los importes son los de arriba, en el orden de la tabla.
Con 1.724 horas al año y turnos que cruzan la medianoche, el cuadrante se complica pronto: cómo repartirlas sin pisar descansos, en descansos entre turnos en hostelería.
Antigüedad (art. 7): para el Nivel III, 105,48 €/mes al cumplir 6 años y 210,95 €/mes al cumplir 9 (tabla de 2025, importes mensuales en 12 pagas; además la antigüedad entra en las dos extras, art. 6). A los 9 años el importe queda en nómina como «antigüedad consolidada», no compensable ni absorbible: ya no se puede diluir en subidas futuras.
Plus compensatorio de formación (art. 13): 20 €/mes por 14 pagas —280 € al año por trabajador, cálculo propio— que deben pagar las empresas que no acrediten ninguna de estas tres cosas: pertenecer a una organización empresarial representativa del sector que dé formación, tener un plan propio de formación de calidad, o participar en un plan agrupado. Afecta sobre todo al bar que no está en ninguna patronal y no da formación: revisa en cuál de los dos lados estás.
Ascensos automáticos: el convenio prevé que el ayudante de camarero pase a camarero (y el ayudante de recepción, a recepcionista) una vez cumplida la condición prevista, y que los cocineros consoliden la retribución del Nivel III a los 3 años en el sector. Solo de salario base, el salto de ayudante (Nivel IV) a camarero (Nivel III) son 46,33 €/mes: 648,62 € al año en 14 pagas (cálculo propio con la tabla de 2025), y el plus de convenio también cambia de nivel. Tu coste de plantilla sube solo, sin que firmes nada: tenlo metido en el ratio de mano de obra.
Arts. 7 y 13 y Anexo I del convenio, BON n.º 211 de 10/10/2023 (PDF del BON 211).
Juntando lo anterior, el mínimo anual de un Nivel III a jornada completa, sin antigüedad y sin comer en el local:
| Concepto | Cuenta | €/año |
|---|---|---|
| Salario base | 1.318,44 × 14 | 18.458,16 |
| Plus de convenio | 230,02 × 14 | 3.220,28 |
| Manutención | 139,57 × 12 | 1.674,84 |
| Total | — | 23.353,28 |
La nómina ordinaria de un mes normal arranca en 1.688,03 € (base + plus + manutención). Cada domingo o festivo trabajado añade 32,42 €, cada hora nocturna 2,36 €, y a partir de los 6 años entra la antigüedad.
El SMI se compara en cómputo anual y con todas las percepciones salariales, no mensualidad contra mensualidad; comprueba el importe vigente en el BOE antes de cerrar nóminas de niveles bajos.
Las cifras de esta tabla son cálculo propio a partir de los arts. 4, 5, 6 y 9 del BON n.º 211: 14 pagas de base y plus (art. 6) más 12 de manutención (art. 5). No incluyen antigüedad, nocturnidad, domingos ni cotizaciones. Dan el orden de magnitud, no una nómina: esa la firma tu gestoría. El coste de empresa completo, con seguros sociales: calculadora de coste de empleado.
Las subidas que el convenio dejó pactadas fueron 4 % en 2022 (más una paga lineal de atrasos de 600 € por 2022 a jornada completa), 4 % en 2023, 3 % en 2024 y 3 % en 2025: 14 puntos en cuatro años, la cifra que ANAPEH consideró excesiva y por la que no firmó.
Además, el art. 4 lleva una cláusula de revisión: si el IPC nacional de 2023, 2024 o 2025 supera la subida pactada de ese año, las tablas pueden subir hasta un punto porcentual más por año, con un tope total de 17 puntos. Y el detalle clave: los importes revisados «se aplicarán a partir de la nómina de enero de 2026 y no tendrán efectos retroactivos».
Lo comprobado hasta hoy:
Art. 4 del convenio, BON n.º 211 de 10/10/2023 (PDF del BON 211). Subidas por año, según ANAPEH. IPC de diciembre de 2025, según el INE.
Confundirlo es el error más común. Separado:
| Sale del convenio de Navarra | Es ley en toda España |
|---|---|
| Tablas por niveles I-V y plus de convenio | SMI estatal: se compara en cómputo anual (BOE) |
| 32 días naturales de vacaciones | Mínimo de 30 días de vacaciones (art. 38 ET) |
| Jornada anual de 1.724 horas | Registro diario de jornada (RD-ley 8/2019) |
| 32,42 € por domingo o festivo trabajado | Máximo de 80 horas extra al año (art. 35 ET) |
| Manutención de 139,57 €/mes para todos | Convenio irrenunciable (art. 3.5 ET) |
Izquierda: BON n.º 211 de 10/10/2023. Derecha: Estatuto de los Trabajadores y RD-ley 8/2019.
Regla mental: lo que se cobra sale del BON; lo que se cumple sale del Estado. Cuando chocan, gana lo que más favorece al trabajador.
Antes que rellenar con números inventados, lo que no hay:
Última comprobación: 16 de agosto de 2026. Confírmalo en el boletín antes de firmar una nómina. El resto de España, en la guía madre: convenio de hostelería y sueldos 2026.
El convenio dice cuánto pagar. Las horas las registra el empresario por ley: el registro diario de jornada del RD-ley 8/2019, con convenio o sin él. Y es lo primero que pide la Inspección de Trabajo, antes que las nóminas.
Con 1.724 horas anuales, nocturnidad de 22:00 a 06:00 por horas y un plus que depende de qué domingos se trabajaron de verdad, sin registro no demuestras que has pagado bien. El detalle, en registro de jornada en hostelería.
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