Comprobado el 16 de agosto de 2026

Convenio de hostelería de Zaragoza 2026: qué se aplica y cuánto se paga

Sí, hay convenio en vigor: el provincial 2023-2025, que sigue aplicándose por su propio artículo 4. Tablas de 2025, una revisión del 1,5 % firmada pero sin boletín, y lo que aún no está publicado.

⚠️ Última comprobación: 16 de agosto de 2026. Información para hosteleros, no asesoría laboral. Las cifras salen del boletín oficial y van citadas, pero la nómina la firma tu gestoría.
En dos líneas: en Zaragoza se aplica el convenio colectivo del sector Hostelería de Zaragoza 2023-2025 (código 50000655011982), hoy prorrogado por su propio artículo 4: sigue vigente entero en agosto de 2026, con las tablas de 2025 del BOPZ núm. 84 de 13/4/2024, corregidas por el núm. 238 de 15/10/2024. En mayo de 2026 la comisión negociadora aprobó una revisión del 1,5 % retroactiva al 1 de enero —según OSTA—, pero no consta publicada en el BOPZ.
En esta página:
  1. Qué convenio es
  2. Por qué sigue vigente
  3. La revisión del 1,5 %
  4. Sueldos confirmados
  5. Las pagas y la de octubre
  6. Festivos, domingos y noches
  7. Transporte, ropa y comida
  8. Jornada y horas extra
  9. El ascenso automático
  10. El convenio nuevo
  11. Lo que no está publicado
  12. El sueldo y las horas

1. Qué convenio es y a qué locales les toca

Es sectorial y provincial: se aplica en Zaragoza y toda su provincia. Se suscribió el 3 de noviembre de 2023 entre las Asociaciones Empresariales de Cafés y Bares, y de Hoteles y Restaurantes de Zaragoza y su provincia, y los sindicatos CC.OO., UGT, OSTA y MIT. Su nombre oficial: «Texto articulado del convenio colectivo provincial de Hostelería de Zaragoza para los años 2023 a 2025», código de convenio 50000655011982. Se publicó en el BOPZ núm. 84, de 13 de abril de 2024 (Sección Quinta, edicto núm. 2466).

Antes de mirar cifras, sitúa tu local: las tablas no van por oficio a secas, sino cruzando el nivel retributivo del puesto (anexo I) con el grupo de actividad del establecimiento. Tres grupos que he verificado en el anexo IV:

En el anexo I, el camarero/a y el cocinero/a son nivel retributivo II; sus ayudantes, nivel III. Equivocarse de grupo es equivocarse de sueldo. Y el convenio aplicable debe figurar en el contrato: guía de contratos en hostelería.

El acuerdo viene de octubre de 2023: se cerró tras desconvocarse los paros previstos, e incluyó el nuevo plus de 25 € por festivo trabajado y las subidas del 5 %, 4 % y 4 % que verás en el punto 3, según recogió CC.OO. al firmarse.

2. Está prorrogado, y eso no significa que esté muerto

Se firmó con vigencia del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2025 (art. 3), «con independencia de la fecha de su publicación en el BOPZ». Venció, y aun así se aplica entero. La razón está en el propio texto: el art. 4 pacta la denuncia automática al vencimiento y añade que «el convenio seguirá aplicándose en sus mismos términos hasta que se firme el nuevo convenio».

Es ultraactividad pactada: no depende de la prórroga legal del Estatuto de los Trabajadores, sino de lo que las partes dejaron escrito. No hay vacío ni decaimiento, no se pasa a ningún acuerdo estatal, y siguen vigentes todas las cláusulas: tablas de 2025, pagas, pluses y jornada.

Traducción práctica: en agosto de 2026, la tabla que se aplica en nómina es la de 2025 (anexo IV del BOPZ núm. 84, con las tres correcciones del núm. 238 de 15/10/2024)… con el asterisco del 1,5 % del punto siguiente.

3. Las subidas pactadas y la revisión del 1,5 % de 2026

El art. 42 fijó las subidas del trienio: +5 % en 2023, +4 % en 2024 y +4 % en 2025, cada una sobre las tablas del año anterior y sobre todos los conceptos, con una excepción: el plus de festivo, que no se revaloriza.

Y el art. 43 dejó preparada una cláusula de revisión para 2026: hasta un +1,5 %, a razón de +0,50 % por cada indicador del INE de la provincia que se cumpliera (pernoctaciones, viajeros y número de establecimientos del CNAE 56), con efectos desde el 1 de enero de 2026.

Esa revisión se ha activado al máximo: según OSTA (nota del 21 de mayo de 2026), la comisión negociadora aprobó la revisión salarial del 1,5 % con carácter retroactivo al 1/1/2026, a abonar con atrasos y con independencia de lo que se pacte en el convenio nuevo que está en negociación.

El 1,5 % aún no está en el boletín. He buscado el acta en el BOPZ y no consta publicada; tampoco hay tablas de 2026 oficiales. La única fuente del 1,5 % es la nota de OSTA, que es sindicato firmante, pero fuente sindical al fin y al cabo. Si aplicas el 1,5 % al salario del camarero de grupo III (1.375,46 €) salen unos 1.396 €: esa cifra es cuenta mía, no dato publicado. Antes de tocar nóminas, que tu gestoría lo confirme en el BOPZ.

4. Sueldos confirmados de la tabla de 2025, la vigente hoy

Aquí no vas a encontrar la tabla completa copiada de cualquier manera: publico solo las casillas que he verificado letra a letra sobre el texto del boletín, y el resto te lo dejo enlazado en el PDF oficial. Todas son salario base de la tabla de 2025 (anexo IV), la que sigue aplicándose en 2026 por la ultraactividad del punto 2.

Salario base 2025 (vigente en 2026), €/mes y €/año
Categoría (nivel retributivo)S. base €/mes€/año
Grupo II · Comedor y cocina de restaurantes de 5, 4 y 3 tenedores; hoteles de 4 y 5 estrellas
Camarero/a y cocinero/a (nivel II)1.375,4622.031,00
Grupo III · Cafeterías y cafés-bares especiales
Camarero/a y cocinero/a (nivel II)1.375,4622.031,00
Ayudante/a de camarero/a o de cocina (nivel III)1.311,65
Grupo IV · Restaurantes de 2 y 1 tenedores, tabernas, otros cafés y bares; hoteles y balnearios de 3 estrellas; colectividades
Camarero/a y cocinero/a (nivel II)1.332,1621.397,91
Ayudante/a de camarero/a o de cocina (nivel III)1.219,50

Fuente: anexo IV (tablas de 2025) del convenio, BOPZ núm. 84 de 13 de abril de 2024, verificado sobre el facsímil PDF del boletín que aloja CCOO Aragón (23 páginas, leídas completas). La correspondencia de puestos y niveles sale del anexo I: «Camarero/a — III — II», «Cocinero/a — Segunda — II», «Ayudante/a de camarero/a — Tercera — III», «Ayudante/a de cocina — Segunda — III». Las casillas «—» no me las he inventado ni las relleno de oídas: la cifra anual de los ayudantes está en el boletín, pero aquí solo va lo que he comprobado.

El dato que sorprende: el camarero de una cafetería (grupo III) tiene el mismo salario base de tabla que el de un restaurante de tres tenedores (grupo II): 1.375,46 €. La diferencia real está en el grupo IV: en taberna, café-bar corriente o restaurante de 1-2 tenedores, la tabla baja a 1.332,16 €. Son 43,30 € al mes entre un café-bar especial y uno corriente: comprueba en qué grupo está clasificado tu local antes de hacer números.

Las tablas completas —todos los niveles, todos los grupos de actividad, más las de 2023 (anexo II) y 2024 (anexo III)— están en el mismo PDF del boletín. Si necesitas una categoría que no está aquí, ve al anexo IV del boletín y lee tu fila, cotejada con el acta del BOPZ núm. 238 de 15/10/2024, que corrigió tres casillas anuales (grupo V nivel IA de 2025 y grupo IV niveles IA y III de 2023-2024): esa pareja es la fuente que vale para una nómina.

5. Las pagas: doce, dos extras y la de octubre

Lo que más se olvida al presupuestar plantilla. Según el art. 45 y el anexo IV:

Fíjate en el detalle del límite: la paga de octubre no es «una mensualidad más», es una cantidad fija que nunca supera el salario base del trabajador. Para un nivel II de grupo III (1.375,46 €), la paga es de 1.359,07 €; para salarios base por debajo de esa cifra, la paga se queda en el salario base.

Tres pagas «extra» al año mueven el coste anual de verdad: mételas en la calculadora de coste de empleado y comprueba después tu ratio de mano de obra.

Fuente: art. 45 del convenio y anexo IV («Paga de octubre: 1.359,07 euros con el límite del SB de cada trabajador»), BOPZ núm. 84 de 13/4/2024.

6. Festivos, domingos y noches: los tres recargos

Fuente: arts. 50 y 52 del convenio y anexo IV (pluses 2025), BOPZ núm. 84 de 13/4/2024.

7. Transporte, ropa y manutención: lo extrasalarial

El convenio de Zaragoza sí tiene plus de transporte, y no es simbólico. Cifras del anexo IV de 2025, las vigentes:

Son conceptos extrasalariales: compensan gastos, no retribuyen trabajo. Y tienen su propia letra pequeña: el transporte y el mantenimiento de ropa no se abonan en el mes de vacaciones. Si tu gestoría los paga los doce meses, está pagando de más; si no los paga ninguno, está pagando de menos y eso sí acaba en reclamación.

Fuente: anexo IV (pluses 2025) del convenio, BOPZ núm. 84 de 13/4/2024: «Transporte: 102,99 euros/mes. Mantenimiento de ropa: 25,69 euros/mes. Manutención: 20,91 euros/mes».

8. Jornada de 1.776 horas y horas extra al 75 %

Repartir 1.776 horas entre servicios de comida y cena sin pisar descansos no se hace de memoria: cómo encajarlas, en descansos entre turnos en hostelería.

Fuente: arts. 26 y 46 del convenio, BOPZ núm. 84 de 13/4/2024.

9. El ascenso automático del ayudante: te cambia el coste solo

El art. 18 es de los que más afectan al coste de plantilla y menos se conocen: el ayudante que cumpla cinco años de antigüedad en la misma empresa promociona de forma automática al nivel retributivo de camarero/a, cocinero/a o barman/barwoman, desde el primer día del mes siguiente. Con certificado de profesionalidad, el plazo se reduce a tres años.

En euros de la tabla de 2025, y como cálculo propio a partir de las casillas verificadas del punto 4: en un local de grupo III, el salto es de 1.311,65 a 1.375,46 €, unos 64 € más al mes; en grupo IV, de 1.219,50 a 1.332,16 €, unos 113 € más al mes —más de 1.350 € al año solo en salario base, sin contar que las extras de julio y Navidad son una mensualidad de ese salario base y suben con él—.

Apunta la fecha de entrada de cada ayudante: la promoción no espera a que te acuerdes. El coste total con seguros sociales, en la calculadora de coste de empleado.

Fuente: art. 18 del convenio, BOPZ núm. 84 de 13/4/2024. Los importes del salto son cálculo propio con los salarios base del anexo IV de 2025.

10. El convenio nuevo, en negociación y al borde del bloqueo

Mientras el 2023-2025 sigue aplicándose por ultraactividad, hay una mesa abierta para el siguiente. Lo que se sabe por la parte sindical (OSTA, nota del 9 de julio de 2026):

A 16 de agosto de 2026 no hay firma: ni los sindicatos ni la patronal ni el boletín recogen un acuerdo. Tampoco he encontrado convocatoria de huelga en vigor en lo que he leído. Cuando se firme, lo que salga en el BOPZ mandará sobre todo lo que cuenta esta página.

Fuente: OSTA, «La hostelería de Zaragoza, al borde del bloqueo» (9/7/2026). Es fuente sindical, parte en la mesa: las posturas de cada lado van atribuidas, no como hechos míos.

11. Esto puede cambiar: lo que hoy no está publicado

Antes que rellenar con números inventados, lo que no sé:

Cómo lo compruebas tú en cinco minutos

  1. Busca «hostelería» en el BOPZ, en boletines posteriores a abril de 2024: el acta del 1,5 %, las tablas de 2026 o el convenio nuevo saldrán ahí primero.
  2. Contrasta con la ficha del convenio en CCOO Aragón, que enlaza el histórico de publicaciones: convenio 2023-2025 (13/4/2024), tabla 2023 (25/3/2023) y convenio 2021-2022 (9/4/2022).
  3. Antes de aplicar el 1,5 % en nómina, que tu gestoría vea el acta publicada, no una nota de prensa.

Última comprobación: 16 de agosto de 2026. Confírmalo en el boletín antes de firmar una nómina. El resto de España, en la guía madre: convenio de hostelería y sueldos 2026.

12. El convenio fija el sueldo; las horas las registras tú

El convenio dice cuánto pagar. Las horas las registra el empresario por ley, con convenio o sin él, y es lo primero que pide la Inspección de Trabajo, antes que las nóminas.

Con 1.776 horas anuales, nocturnidad solo de 00:00 a 6:00, 25 € por festivo, 12,61 € por domingo y horas extra al 75 %, sin registro no puedes demostrar que has pagado bien ninguna de esas líneas. El detalle, en registro de jornada en hostelería.

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Preguntas frecuentes

¿Qué convenio de hostelería se aplica en Zaragoza en 2026?
El convenio colectivo del sector Hostelería de Zaragoza 2023-2025 (código 50000655011982). Venció el 31 de diciembre de 2025, pero su artículo 4 pacta que seguirá aplicándose en sus mismos términos hasta que se firme el nuevo, así que en agosto de 2026 sigue vigente entero. Texto y tablas en el BOPZ núm. 84, de 13 de abril de 2024; tres casillas anuales de las tablas se corrigieron después en el BOPZ núm. 238, de 15 de octubre de 2024.
¿Cuánto cobra un camarero en Zaragoza?
Salario base de la tabla de 2025, que es la que sigue en vigor: 1.375,46 € al mes (22.031,00 € al año) en cafeterías, cafés-bares especiales y restaurantes de 5, 4 y 3 tenedores; 1.332,16 € al mes (21.397,91 € al año) en restaurantes de 2 y 1 tenedores, tabernas y otros cafés y bares. A eso se suman los pluses (transporte, ropa, domingos, festivos, nocturnidad) y queda pendiente la revisión del 1,5 % de 2026, aún sin boletín.
¿Hay tablas salariales de 2026 para la hostelería de Zaragoza?
No hay ninguna publicada. Comprobado el 16 de agosto de 2026: la última publicación es el BOPZ núm. 238 de 15 de octubre de 2024: el acta de la comisión paritaria que corrige tres casillas anuales de las tablas del núm. 84 y las republica. Las tablas de 2025 así corregidas siguen aplicándose. La comisión negociadora aprobó en mayo de 2026 una revisión del 1,5 % retroactiva al 1 de enero, según OSTA, pero no consta publicada en el BOPZ.
¿Cuántas pagas tiene el convenio de hostelería de Zaragoza?
Doce mensualidades más dos extras —julio y Navidad, una mensualidad de salario base (más la antigüedad consolidada que corresponda, art. 45) cada una, pagaderas el 15 de julio y el 20 de diciembre— y la paga de octubre, de cuantía fija: 1.359,07 € en la tabla de 2025, con el límite del salario base de cada trabajador, el 15 de octubre o prorrateada.
¿Cuánto se paga el festivo trabajado en la hostelería de Zaragoza?
25,00 € por cada festivo efectivamente trabajado a jornada completa, sobre 15 festivos anuales incluida Santa Marta. Ojo: el artículo 52 dice que este importe no se revaloriza con las subidas del convenio. El domingo trabajado a jornada completa se paga aparte: 12,61 € en la tabla de 2025, o 5 horas de descanso compensatorio.
¿Hay plus de transporte en el convenio de hostelería de Zaragoza?
Sí. En la tabla de 2025: transporte 102,99 €/mes, mantenimiento de ropa 25,69 €/mes y manutención 20,91 €/mes. Son pluses extrasalariales, y el transporte y la ropa no se abonan en el mes de vacaciones.
¿Cuándo asciende un ayudante a camarero o cocinero en Zaragoza?
De forma automática a los cinco años de antigüedad en la misma empresa, desde el primer día del mes siguiente a cumplirlos; con certificado de profesionalidad, a los tres años. Lo fija el artículo 18 y cambia el coste de plantilla: el salario base pasa del nivel III al nivel II.
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