Primero sacas el servicio, luego los papeles. Cómo documentar la ausencia, cuándo es falta injustificada, cuándo es abandono del puesto y por qué sancionar en caliente sale caro.
Viernes, la una del mediodía, la terraza llenándose y el camarero del turno de comidas ni aparece ni contesta. Lo primero no es el Estatuto de los Trabajadores: es sacar el servicio. Pero lo que hagas —y lo que escribas— en las horas siguientes decide si esa ausencia se queda en un susto o se convierte en un problema legal. Vamos por orden.
Si mañana tienes que sancionar —o defenderte—, lo que cuenta no es lo que recuerdes sino lo que quedó registrado ese día: el historial de llamadas, los mensajes con su hora, un correo. Apunta también quién cubrió el turno.
Y hay un documento que ya estás obligada a llevar y que aquí juega a tu favor: el registro de jornada. El art. 34.9 del Estatuto exige registrar a diario el horario concreto de inicio y fin de la jornada de cada persona y conservar esos registros cuatro años a disposición de la plantilla y de la Inspección. El día que alguien no viene queda como lo que es: un día sin marcas entre días fichados. No es la única prueba que necesitarás, pero ayuda a dejar la ausencia negro sobre blanco. Los detalles de la obligación, en la guía del registro de jornada en hostelería.
Si a los pocos días aparece un parte de baja u otro justificante, la ausencia pasa a justificada y aquí no ha pasado nada: los plazos para avisar y justificar los marca tu convenio, así que no dispares antes de que corran.
⏱️ La ausencia, en el informe del mes Con el fichaje de Campa&Go tu equipo marca entrada y salida con un toque y tú descargas el informe mensual imprimible: los días fichados, y el que no, a la vista. 3,90€/mes, sin permanencia. Ver el registro de jornada →Tres situaciones que se parecen mucho a las 12 del mediodía y no se parecen en nada a efectos legales:
La trampa está en la frontera. Ninguna ley dice que «a los 3 días sin venir hay abandono»: no existe ese plazo automático. Si das por abandonado el puesto con prisas y esa persona aparece la semana siguiente con una baja o un ingreso hospitalario, el que puede haber ejecutado un despido improcedente eres tú. Lo prudente: requerimiento por escrito, por un medio que deje constancia (el burofax es el clásico), preguntando si piensa reincorporarse y dando un plazo para contestar. Y ese paso ya se da con el gestor en el bucle, no por libre.
Si confirma que no vuelve, te toca reponer la pieza: por ahí van la guía para encontrar camareros y, si el hueco es una baja larga con reserva de puesto, el contrato de sustitución del art. 15.3 ET, que exige poner en el contrato el nombre de la persona sustituida y la causa.
En hostelería el régimen disciplinario de referencia es el VI ALEH (el acuerdo laboral estatal del sector, publicado en el BOE en 2023), al que suelen remitirse los convenios provinciales. Su escala, literal:
Traducción: con este régimen en la mano, un día suelto no es despido; es una falta grave que se sanciona con suspensión. Lo que escala la cosa es la reincidencia. Dos avisos: manda tu convenio aplicable (compruébalo antes de imponer nada) y cualquier sanción conviene comunicarla por escrito, con los hechos y su fecha, con el mismo rigor formal que la ley exige al despido. Con tu gestor delante, siempre.
El Estatuto contempla el despido disciplinario por «incumplimiento grave y culpable», y la primera causa de su lista son precisamente «las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo» (art. 54.2.a ET). Repetidas: fíjate en el plural. Y aunque la causa exista, la forma manda:
Si la forma falla, el despido acaba en improcedente aunque las faltas fueran reales, y eso tiene precio: en la guía de contratos en hostelería tienes lo que cuesta cada tipo de despido, con sus días por año y sus topes. Haz esos números antes, no después.
El registro de jornada es obligatorio de todas formas (art. 34.9 ET), y el día que alguien no viene es tu mejor constancia: un día sin marcas entre días fichados. Con el fichaje de Campa&Go tu equipo marca entrada y salida con un toque y tú descargas el informe mensual listo para la Inspección. 3,90€/mes, sin permanencia.
Ver el registro de jornada →