Guía práctica

Contratar a tu primer camarero (o el refuerzo del verano): lo que cuesta y lo que no te cuentan

El sueldo que pactáis no es lo que te cuesta. Y antes de que pise la barra hay tres cosas que tienen que estar hechas sí o sí. Guía para bares pequeños, sin letra pequeña.

⚠️ Guía orientativa, no asesoría legal ni laboral. El contrato, el alta y las cotizaciones exactas de tu caso, ciérralos siempre con tu gestoría.

El sueldo bruto no es lo que te cuesta

Cuando pactas un sueldo con tu primer camarero, ese número es su bruto: lo que aparece en su nómina antes de retenciones. Pero a ti te cuesta más, porque encima del bruto van los seguros sociales a cargo de la empresa: una parte de la cotización que pagas tú y que el trabajador ni ve en su nómina. Es la sorpresa clásica del primer empleado: se presupuesta el sueldo y se olvida todo lo que va encima.

Dos cosas más que conviene saber antes de poner un anuncio:

Para hacerte ese número en dos minutos tienes la calculadora de coste de empleado: metes el sueldo bruto y te desglosa el coste total anual para la empresa, con la Seguridad Social a tu cargo y provisiones. Es gratis, orientativa, y no sustituye a la gestoría: sirve para saber si puedes permitírtelo antes de comprometerte.

Lo innegociable antes de que pise la barra

Da igual que sea para todo el año o para seis fines de semana de agosto. Antes del primer día de trabajo tienen que estar hechas tres cosas:

  1. El alta en la Seguridad Social, ANTES de que empiece. No el mismo día "cuando pueda pasarse la gestoría", ni "cuando veamos que encaja": el alta debe ser previa al inicio del trabajo. No existe la excepción de "está a prueba": el periodo de prueba también va con alta y nómina. Es de los incumplimientos que más caros salen si aparece la Inspección o si la persona tiene un accidente el primer día.
  2. El contrato por escrito. En muchos casos (temporal, tiempo parcial, fijo discontinuo) el papel es obligatorio, y en todos te protege: horas, sueldo, categoría y periodo de prueba, negro sobre blanco. Los pactos "de palabra" siempre acaban recordándose distinto por cada parte.
  3. El registro de jornada desde el día 1. Es obligatorio para todo el que tenga personal, también para un refuerzo de dos semanas. Te contamos qué exige y cómo llevarlo sin papeleo en la guía del registro de jornada en hostelería; y si quieres resolverlo ya, con el fichaje de Campa&Go tu equipo ficha entrada y salida en un toque y tú descargas el informe mensual listo para la Inspección.

¿Qué contrato le hago?

Aquí es donde más se equivoca la gente que contrata por primera vez, porque la reforma laboral cambió las reglas y mucho de lo que "se hacía toda la vida" ya no vale:

El tipo concreto, la duración y la letra del contrato, ciérralos con tu gestoría: es exactamente el tipo de decisión en la que 20 minutos de asesoría te ahorran un disgusto.

Haz el número antes de comprometerte

Con la calculadora de coste de empleado de Campa&Go metes el sueldo bruto y ves cuánto te cuesta de verdad al año, con la Seguridad Social a cargo de la empresa desglosada. Gratis y sin registro.

Calcular el coste real →

Que el refuerzo salga a cuenta

Contratar bien es la mitad; la otra mitad es que esas horas se conviertan en servicio y no en gente mirando la barra vacía un martes:

Y una última honesta: si después de hacer el número el refuerzo no te sale, no pasa nada por decir que no. Mejor un verano apretado que un otoño pagando una nómina que no se cubre.

Del número al día a día

La calculadora es gratis. Y el cuadrante de turnos, el ratio de personal y el resto viven en la Suite de Campa&Go: 9,90 €/mes, más de 20 herramientas, 7 días gratis sin tarjeta.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo tener a alguien unos días "en pruebas" sin darle de alta?
No. El alta en la Seguridad Social tiene que estar hecha antes de que la persona empiece a trabajar, también durante el periodo de prueba. "Está a prueba" no es una excepción: el periodo de prueba va dentro del contrato, con su alta y su nómina. Sin alta, es trabajo no declarado.
¿Puedo contratar a media jornada?
Sí. El contrato a tiempo parcial se hace por escrito y debe recoger las horas pactadas y cómo se distribuyen. El registro de jornada es igual de obligatorio: es justo lo que demuestra que las horas que hace son las del contrato. Las condiciones concretas, con tu gestoría.
¿Qué pasa si viene la Inspección y no tengo el registro de jornada?
La Inspección de Trabajo puede pedirlo y no llevarlo es una infracción sancionable; además te deja sin defensa si el trabajador reclama horas extra. Es obligatorio desde el primer día, también para un refuerzo de unas semanas. Tienes el detalle en nuestra guía del registro de jornada en hostelería.
¿Qué contrato hago para el refuerzo del verano?
Depende de tu caso. Si la necesidad se repite cada temporada, existe el fijo discontinuo; los contratos temporales solo caben con causas concretas desde la reforma laboral. El tipo exacto, su duración y el periodo de prueba los debe cerrar tu gestoría con tu convenio delante.
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