Comprobado el 11 de agosto de 2026

Convenio de hostelería de Alicante 2026: qué se aplica y cuánto se paga

Última anualidad de un convenio vivo. Las tablas del BOPA nivel a nivel, los grupos A, B y C, y la paga de octubre que casi nadie cuenta.

⚠️ Última comprobación: 11 de agosto de 2026. Información para dueños de bar, no asesoría laboral. Cada cifra sale del boletín oficial y va citada, pero la nómina la firma tu gestoría.
En dos líneas: en toda la provincia se aplica el Convenio Colectivo del sector de Hostelería de la provincia de Alicante 2023-2026 (código 03000425011982), vigente y en su última anualidad, ni prorrogado ni en ultraactividad, hasta el 31 de diciembre de 2026. Texto en el BOPA núm. 200 de 18/10/2023; tablas de 2026 en el BOPA núm. 29 de 12/02/2026.
En esta página:
  1. Qué convenio y hasta cuándo
  2. Tu local: grupo A, B o C
  3. Tabla salarial 2026
  4. Las pagas y la de octubre
  5. Extras, festivos y nocturnidad
  6. Manutención, ropa y pluses
  7. Jornada, vacaciones y fiestas
  8. Fijos discontinuos
  9. Las subidas y el IPC
  10. Lo que no doy por bueno
  11. Alicante o toda España
  12. Esto puede cambiar
  13. El sueldo y las horas

1. Qué convenio es, a quién le toca y hasta cuándo

Manda el Convenio Colectivo para el sector de Hostelería de la provincia de Alicante, código 03000425011982, vigencia 2023-2026. Es provincial y cubre toda la provincia: no hay convenios por comarca ni por municipio.

El Anexo I mete dentro casi todo el sector: hospedaje, restauración (incluidos catering, colectividades y comedores escolares), diversión y esparcimiento y un cajón de varios con cafeterías, bares, chocolaterías y heladerías. Fuera, subdirección, dirección y funciones directivas. Lo firmaron APHA, APEHA, HOSBEC y AEHTMA y los sindicatos FeSMC-UGT PV y CCOO Servicios PV, y debe constar en cada contrato.

La vigencia, que es lo que casi nadie te dice claro (arts. 2.4 y 5):

Fuente: arts. 2 y 5, BOPA núm. 200 de 18/10/2023, anuncio 8879/2023. Comisión Paritaria de 5 + 5 miembros, con sede en HOSBEC.

2. Antes de la tabla: en qué casilla cae tu local

El sueldo sale del cruce entre seis niveles retributivos (la persona) y tres grupos de establecimiento (el local). Equivocarte de grupo es equivocarte de nómina los doce meses.

Los seis niveles (Anexo II)

Los tres grupos (Anexo I)

En corto: un bar, una heladería o una chocolatería son grupo C; un restaurante de dos tenedores, grupo B; un hotel de 4 estrellas, grupo A.

3. Tabla salarial 2026: salario base mensual

Salario base €/mes · 2026 · hostelería de Alicante
NivelGrupo AGrupo BGrupo C
Nivel 11.727,771.644,831.499,70
Nivel 21.616,631.532,981.428,16
Nivel 31.500,231.460,941.397,16
Nivel 4 · camarero/a y cocinero/a1.461,451.388,301.314,25
Nivel 51.350,681.308,031.277,42
Nivel 61.270,291.269,731.268,81

Fuente: tablas salariales año 2026, BOPA núm. 29 de 12/02/2026, anuncio 819/2026, por resolución de la Dirección Territorial de Trabajo de 5/2/2026. También las publica FeSMC-UGT PV.

«¿Cuánto cobra un camarero en Alicante?» Camarero es nivel 4: en 2026, 1.314,25 €/mes en un bar (grupo C), 1.388,30 € en un restaurante de dos tenedores (grupo B) y 1.461,45 € en un hotel de 4 o 5 estrellas (grupo A). Es salario base: encima van pagas, pluses y, para ti, los seguros sociales.

Contratos para la formación (art. 13): la tabla del BOPA fija 980,30 € el primer año y 1.095,20 € el segundo, pero son un mínimo de tabla, no la nómina. El art. 13 obliga a pagar el 75 % el primer año y el 90 % el segundo del salario que este convenio fija para el mismo puesto o equivalente, y nunca menos del SMI, en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Manda la más alta de las tres. Ejemplo: un segundo año de camarero en grupo A es el 90 % de 1.461,45 = 1.315,31 €/mes, no 1.221 €.

Fuente: art. 13, apartados 1 y 2, BOPA núm. 200; los dos importes salen de la tabla del BOPA núm. 29, que los publica con la nota «conforme al artículo 13 se aplicará como mínimo el SMI».

4. Las pagas: catorce, y una de octubre que casi nadie cuenta

El detalle que más se escapa al hacer números. El art. 38 establece tres gratificaciones extraordinarias:

O sea: 12 mensualidades + verano + Navidad = 14 pagas, más la de octubre de importe fijo; quien entra o sale a mitad de año devenga la parte proporcional. En el grupo C la de octubre pesa casi como un mes entero de un nivel 6: contando solo catorce pagas, en octubre te falta dinero. Métela en la calculadora de coste de empleado y en tu ratio de mano de obra.

Fuente: art. 38 (BOPA núm. 200) e importe de octubre en las tablas de 2026 (BOPA núm. 29). Que sea igual para el nivel 1 y el 6 no es errata.

5. Horas extra, festivos trabajados y nocturnidad

Hora extra, festivo y nocturnidad · importes 2026
NivelHora extra €/h (art. 24)Festivo €/día (art. 26)Nocturnidad €/h (art. 34)
ABCABCABC
117,4716,6615,24124,00117,78107,041,451,381,24
216,3915,6014,56115,92109,67101,841,361,301,18
315,2614,8514,24107,47104,3899,641,241,211,15
414,8514,1613,44104,6699,1693,571,211,141,10
513,7913,3713,0796,6093,2990,891,121,081,06
613,0113,0112,9990,7890,5990,251,061,061,06

Fuente: arts. 24, 26 y 34, BOPA núm. 29 de 12/02/2026.

La nocturnidad retribuye el trabajo de 22:00 a 06:00 en actividades con horario diurno y nocturno; no es consolidable, es absorbible y compensable y no se devenga en vacaciones (fórmula: salario base ÷ 30 ÷ 8 h × 20 %). El festivo trabajado se compensa de cuatro formas —vacaciones, otro periodo, descanso acumulado o dinero según la tabla—; a falta de pacto elige la persona trabajadora sobre dos tercios y la empresa sobre el tercio restante, y solo entre vacaciones o dinero. Los que caen en descanso semanal o en vacaciones se consideran trabajados (guía de descansos).

6. Manutención, ropa de trabajo y demás pluses

El art. 32 añade la peligrosidad, solo en catering (10 %, art. 35), la penosidad, solo en empresas que sirven a centros sanitarios (art. 37) y el ad personam por antigüedad de la disposición adicional primera.

Fuente: tablas 2026 (BOPA núm. 29) y arts. 32 a 48. Quién lava la ropa, en uniforme de trabajo.

Aquí no hay plus de transporte. Es la pregunta que más llega y la respuesta es no. Busqué la palabra en el texto íntegro y sale una sola vez, en otro contexto: el derecho del personal de ETT a usar el transporte de la empresa usuaria (art. 10). Quien lo cobra aquí lo cobra por pacto de empresa.

7. Jornada, vacaciones y fiestas

El calendario tiene fechas escritas: se propone en la primera quincena de noviembre y la empresa lo cierra en la segunda, con dos meses mínimo de antelación. El inicio no puede coincidir con un descanso semanal, y el disfrute va dentro del año natural o, de común acuerdo, en el primer trimestre del siguiente con reconocimiento de deuda.

Fuente: arts. 21, 22, 26 y 27, BOPA núm. 200. El número de fiestas, art. 37.2 ET.

8. Fijos discontinuos: el artículo clave en la Costa Blanca

Con la temporada de Benidorm o Torrevieja, el art. 12 es el que más dinero mueve:

Fuente: art. 12 y Anexos IV y V, BOPA núm. 200. Ver también cómo contratar a un camarero.

9. Las subidas pactadas, el IPC y los atrasos

El art. 39 cerró los cuatro años: +4 % en 2023 sobre las tablas a 31/12/2022, +3 % en 2024, +3 % en 2025 y +2 % en 2026 sobre las vigentes a 31/12/2025, con efecto 1/1/2026. Dos detalles:

Fuente: arts. 32 y 39, BOPA núm. 200, y tablas 2026 (BOPA núm. 29), encabezadas «Tabla de retribuciones del 1 de enero a 31 de diciembre de 2026».

10. Lo que circula por internet y no doy por bueno

  1. «Prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2027». Sale en páginas comerciales y contradice el texto oficial, que fija el fin de vigencia el 31/12/2026. No lo he podido confirmar en ningún boletín ni fuente sindical o patronal: no lo des por bueno y compruébalo en el BOP de Alicante.
  2. Las cifras anuales. HOSBEC citó un mínimo sectorial de 18.999,02 €/año y 25.424 €/año para jefes de departamento de hotel de 4-5 estrellas. No salen del BOPA, que publica importes mensuales: referencia de la patronal, no dato de nómina (nota de HOSBEC).
  3. Importes que no he verificado y no publico: el complemento ad personam por antigüedad (el art. 32 remite a la disposición adicional primera), el seguro de accidentes (art. 47), la licencia por fidelidad (art. 31) y los complementos de incapacidad temporal (art. 40). Están en el PDF del BOPA de 2023, no en el listado de CCOO País Valencià, que seguía mostrando el texto 2017-2020.

11. Qué sale del convenio de Alicante y qué es ley en toda España

Confundirlo es el error más común. Izquierda, lo provincial; derecha, lo estatal:

Lo provincial frente a lo estatal
Sale del convenio de AlicanteEs ley en toda España
Tablas por nivel 1-6 y grupo A/B/CSMI 2026: 1.221 €/mes en 14 pagas (RD 126/2026)
Paga fija de octubre, 1.235,82 €Registro diario de jornada (RD-ley 8/2019)
Nocturnidad de 1,06 a 1,45 €/horaTrabajo nocturno de 22:00 a 6:00 (art. 36 ET)
Hora extra de 12,99 a 17,47 €Máximo de 80 horas extra al año (art. 35 ET)
31 días naturales de vacacionesMínimo de 30 días de vacaciones (art. 38 ET)
Llamamiento de discontinuos, 7 y 2 díasDerechos de convenio irrenunciables (art. 3.5 ET)

Izquierda: BOPA núm. 200 y núm. 29. Derecha: Estatuto de los Trabajadores, RD-ley 8/2019 y RD 126/2026.

Regla mental: lo que se cobra sale de Alicante; lo que se cumple, del Estado. El suelo del convenio (1.268,81 €/mes) queda por encima del SMI, así que en la tabla general no hay que complementar nada: solo en los contratos formativos.

¿Y hay convenio autonómico valenciano? No: no existe convenio autonómico de hostelería de la Comunitat Valenciana. La negociación es provincial —Alicante, Valencia y Castellón por separado— y por encima solo está el Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería (ALEH), al que el convenio remite en su Anexo II.

12. Esto puede cambiar: cómo lo compruebas tú

Es el último año de vigencia: entre octubre de 2026 y la primavera de 2027 toca estar atento. Dos pasos:

  1. Busca «hostelería» en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, en boletines posteriores a octubre de 2026: la denuncia y las tablas nuevas salen ahí primero.
  2. Contrasta el PDF del convenio (BOPA núm. 200) y el PDF de las tablas 2026 (BOPA núm. 29).

Última comprobación: 11 de agosto de 2026. Un convenio puede actualizarse en cualquier momento y este está a meses de vencer: antes de firmar una nómina, confirma en el boletín. Más provincias en la guía madre: convenio de hostelería y sueldos 2026, con Baleares y Madrid.

13. El convenio fija el sueldo; las horas las registras tú

El convenio dice cuánto pagar; las horas las registra el empresario, por ley: el registro diario de jornada del RD-ley 8/2019, obligatorio en toda España y lo primero que pide la Inspección de Trabajo. Aquí pesa más que en otras provincias, porque casi todo lo que se paga depende de horas contadas: la nocturnidad se cobra por hora efectiva de 22:00 a 06:00, la hora extra tiene precio de tabla y el art. 22 exige anotar inicio, fin y cada interrupción. Sin registro no demuestras ni lo que pagaste ni por qué. Más en la Inspección de Trabajo en un bar, registro de jornada y obligaciones legales de un bar; el coste real de cada persona, en la calculadora de coste de empleado.

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Preguntas frecuentes sobre el convenio de hostelería de Alicante

¿Qué convenio de hostelería se aplica en Alicante en 2026?
El Convenio Colectivo del sector de Hostelería de la provincia de Alicante 2023-2026, código 03000425011982. Vigente y en su última anualidad, ni prorrogado ni en ultraactividad: vence el 31 de diciembre de 2026 y se denuncia en octubre de 2026. Texto en el BOPA núm. 200, de 18/10/2023.
¿Cuánto cobra un camarero en Alicante en 2026?
Camarero y cocinero son nivel 4. En 2026 el salario base mensual es de 1.461,45 euros en el grupo A, 1.388,30 en el B y 1.314,25 en el C. Un bar es grupo C; un restaurante de dos tenedores, grupo B. Fuente: BOPA núm. 29, de 12/02/2026.
¿Dónde están las tablas salariales del convenio de hostelería de Alicante?
Las de 2026, en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante núm. 29, de 12 de febrero de 2026, anuncio 819/2026. El texto del convenio, en el BOPA núm. 200, de 18 de octubre de 2023, anuncio 8879/2023.
¿Cuántas pagas tiene el convenio de hostelería de Alicante?
Catorce, más una extra fija de octubre. El artículo 38 fija dos gratificaciones de una mensualidad de salario base, verano el 10 de julio y Navidad el 10 de diciembre, y añade la de octubre, fija e igual para todos los niveles: 1.235,82 euros en 2026.
¿Hay plus de transporte en el convenio de hostelería de Alicante?
No. El texto no recoge ningún plus de transporte: la palabra aparece una sola vez en el articulado y en otro contexto, el derecho del personal de empresas de trabajo temporal a usar el transporte de la empresa usuaria. Quien lo cobra aquí lo hace por pacto de empresa.
¿Cuántas horas y cuántos días de vacaciones marca el convenio de Alicante?
La jornada son 40 horas semanales de promedio en cómputo anual, que el convenio traduce en 1.796 horas y 38 minutos al año. Las vacaciones, 31 días naturales ininterrumpidos, uno más que el mínimo del Estatuto. Y hay 14 fiestas retribuidas y no recuperables, pero ese número lo pone el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores, no el convenio: de Alicante es cómo se compensan si se trabajan (art. 26).
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