Comprobado el 11 de agosto de 2026

Convenio de hostelería de Barcelona 2026: cuál manda y cuánto se paga

No hay convenio provincial: manda el de Cataluña, y no sale en el BOP sino en el DOGC.

⚠️ Última comprobación: 11 de agosto de 2026. Información para dueños de bar, no asesoría laboral. Cada cifra sale del boletín oficial y va citada, pero la nómina la firma tu gestoría.
En dos líneas: en Barcelona se aplica el Convenio interprovincial de hostelería y turismo de Cataluña (código 79000275011992), vigente —ni prorrogado ni en ultraactividad— hasta el 31/12/2028, publicado en el DOGC núm. 9630, de 23 de marzo de 2026.
En esta página:
  1. Qué convenio manda
  2. Tablas de Barcelona 2026
  3. Qué nivel es cada puesto
  4. Las subidas y el IPC
  5. Pluses de Barcelona 2026
  6. El Maresme, aparte
  7. Jornada, pagas y vacaciones
  8. Nocturnidad y festivos
  9. Barcelona o toda España
  10. Esto puede cambiar
  11. El sueldo y las horas

1. No busques el convenio de Barcelona en el BOP: no existe

En hostelería, la provincia de Barcelona no tiene convenio propio. Manda el Convenio colectivo interprovincial del sector de la industria de hostelería y turismo de Cataluña, código 79000275011992, que no se publica en el BOP sino en el DOGC.

Lo dice el artículo 3: afecta a los centros de trabajo «ubicats a les províncies de Barcelona, Girona i Tarragona». Y el registro de la Diputació de Barcelona lo clasifica como autonómico, sin ningún provincial de hostelería aparte de este.

Lleida queda fuera: tiene convenio provincial propio, en el BOP de Lleida. Si tu local está allí, las tablas de esta página no son las tuyas.

Lo firmaron la patronal ConfeCat y los dos sindicatos, FeSMC-UGT y CCOO de Catalunya, y cubre (art. 2) hostelería, alojamiento turístico, restauración, catering, salas de fiesta y discotecas.

Vigencia (art. 5): en vigor a todos los efectos desde el 1/1/2025, aunque se publicara después, y hasta el 31/12/2028; luego se prorroga año a año salvo denuncia en los 90 días anteriores. Efectos económicos retrotraídos a enero de 2025 (disposición transitoria segunda).

Fuente: Resolució EMT/774/2026, de 6 de març (CVE-DOGC-A-26075020-2026), DOGC núm. 9630 de 23/3/2026, 83 páginas; suscrita el 12/01/2026 y enmendada el 18/02/2026. PDF del DOGC · ficha en la Diputació de Barcelona. En catalán.

2. Tablas salariales de Barcelona 2026, nivel a nivel

No hay una cifra por puesto: se cruzan niveles retributivos (I a VI, con un V Bis) y categorías de establecimiento (A a E). Importes mensuales, en euros.

Salario de tabla €/mes · provincia de Barcelona · año 2026
NivelA · 1ªB · 2ªC · 3ªD · 4ªE · catering
Nivel I2.121,291.926,281.864,511.735,871.926,28
Nivel II1.864,511.802,821.735,871.669,281.802,82
Nivel III1.803,051.735,871.705,131.607,251.736,39
Nivel IV1.607,251.607,251.577,051.577,051.607,25
Nivel V1.577,051.577,051.541,141.541,141.577,05
Nivel V Bis1.404,891.404,891.386,871.386,871.404,89
Nivel VI1.232,721.232,721.232,721.232,721.232,72

Fuente: anexo A, apartado A.3, DOGC núm. 9630 de 23/3/2026. PDF del boletín. El nivel VI es igual en las cinco columnas: no es errata. Son 14 pagas, más pluses y antigüedad.

Qué es cada columna (apartado A.1)

El bar de barrio suele caer en la D; en caso de duda manda el A.1 oficial.

3. Qué nivel le toca a cada puesto

Del apartado A.2:

Cuánto cobra un camarero en Barcelona en 2026. Camarero es nivel 3: de 1.607,25 €/mes en la columna D a 1.803,05 € en la A. En 14 pagas, entre 22.501,50 y 25.242,70 € brutos al año, antes de pluses y antigüedad. Un cocinero cobra lo mismo.

Ese bruto no es tu coste: encima van los seguros sociales (calculadora de coste de empleado).

Los nombres salen del A.2, en catalán: la traducción es nuestra, no oficial. Antes de encuadrar a alguien para una nómina, contrasta el nombre exacto en el PDF del DOGC.

4. Las subidas hasta 2028 y por qué aquí no hay IPC

El artículo 35 fija subidas cerradas con efectos del 1 de enero:

Subidas pactadas · art. 35
AñoSubidaSobre las tablas de
2025+4,00 %2024
2026+4,00 %2025
2027+4,00 %2026
2028+3,00 %2027

Fuente: art. 35, DOGC núm. 9630. Las cuatro tablas ya vienen en los anexos: 2027 y 2028 no dependen de negociación futura. Comprobado: nivel I A, 2.039,70 € × 1,04 = 2.121,29 € (2026) × 1,04 = 2.206,14 € (2027).

No hay cláusula de revisión por IPC, digan lo que digan. Hemos buscado «IPC», «índex de preus», «garantia salarial» y «clàusula de revisió» en las 83 páginas del DOGC 9630: cero apariciones.

Así que puedes presupuestar el personal hasta 2028: mete esos porcentajes en tu punto de equilibrio.

5. Pluses de Barcelona 2026: cuatro cifras y una trampa

Pluses €/mes · Barcelona · 2026 (anexo A, apartado A.4)
ConceptoArtículoImporte
Manutenciónart. 3859,21
Alojamientoart. 3955,53
Plus de transporteart. 4014,42
Ropa de trabajoart. 4115,39

Fuente: anexo A, apartado A.4, DOGC núm. 9630. La ropa figura también como 184,69 €/año; 15,39 × 12 dan 184,68: redondeo del propio texto.

La trampa es el plus de transporte. No es general: el art. 40 lo mantiene «únicamente para aquellos trabajadores que a la entrada en vigor del presente Convenio lo venían percibiendo, y en las mismas cuantías». Es un derecho consolidado: a un camarero contratado hoy no se le genera, y dárselo a todos por defecto es pagar de más cada mes.

Ropa (art. 41): los uniformes son obligación de la empresa y no se pueden sustituir por dinero; los 15,39 €/mes solo compensan la limpieza y conservación cuando no las asume la empresa. Es decir: pagar el plus no te libra de entregar el uniforme (más aquí). Camareras de pisos y mozos de habitación (área funcional IV del ALEH), término municipal de Barcelona, 2026: 46,67 € en 5 y 4 estrellas, 30,46 € en 3 y 28,08 € en 2.

Dos apartados que no publicamos. El baremo especial de cafeterías (A.5) y los servicios extraordinarios de Barcelona (A.6) no los hemos extraído fila a fila. Si te afectan, ve al PDF del DOGC 9630.

6. El Maresme tiene tablas propias (y son distintas)

En la misma provincia conviven dos juegos de tablas: Barcelona (A.3 a A.6) y el Maresme (A.7 a A.10). Si tu local está en el Maresme, la de arriba no es la tuya.

Salario de tabla €/mes · Maresme · año 2026
NivelABCD
Nivel I2.132,941.936,981.874,821.745,45
Nivel II1.874,821.812,781.745,451.678,45
Nivel III1.515,331.515,331.515,331.515,33
Nivel IV1.416,471.416,471.416,471.416,47
Nivel V1.377,831.377,831.377,831.377,83
Nivel V Bis1.231,681.231,681.231,681.231,68
Nivel VI1.239,501.239,501.239,501.239,50

Fuente: anexo A, apartado A.7, DOGC núm. 9630. Cuatro columnas, no cinco. Y está bien copiado: el nivel VI (1.239,50 €) figura por encima del V Bis (1.231,68 €) en el texto oficial. Camareras de pisos: 46,93 €, 30,70 € y 28,25 € según 5-4, 3 o 2 estrellas.

La diferencia gorda está en el nivel III, el de camarero y cocinero: 1.515,33 € frente a los 1.607,25 € mínimos de Barcelona, 91,92 € menos al mes. En el nivel I el Maresme paga algo más.

7. Jornada, pagas y vacaciones

Si se cruzan con una baja, embarazo, parto o lactancia rige el Estatuto, con arrastre de hasta 18 meses en incapacidad temporal por otras contingencias. Más en descansos y cuadrante de turnos.

8. Nocturnidad y festivos: los dos que más se pagan mal

Nocturnidad (art. 42): las horas entre las 22:00 y las 06:00 se retribuyen con un 25 % más sobre el salario ordinario, salvo que el salario ya se fijara por ser nocturno el trabajo.

El error típico. Ese 25 % no va sobre el salario base a secas: el artículo 35.2 define salario ordinario como salario base + antigüedad + manutención. Sin la manutención (59,21 €/mes) y la antigüedad pagas de menos, y es diferencia salarial reclamable.

Festivos no recuperables (art. 32): si se trabajan, el convenio da las dos cosas: disfrutarlos en otra fecha y abono del 40 % sobre la tabla más la antigüedad consolidada. Si el festivo cae en vacaciones queda absorbido, máximo uno; si cae en el descanso semanal, se disfruta en otra fecha pero sin el 40 %.

El texto trae además subrogación en restauración, inaplicación del art. 82.3 del Estatuto (art. 44) y un premio de vinculación de 15 años / 3 mensualidades a 35 / 7. En lo no regulado rige el ALEH y luego el Estatuto (art. 6).

9. Qué sale del convenio catalán y qué es ley en toda España

El error más común:

Lo del convenio frente a lo estatal
Sale del convenio de CataluñaEs ley en toda España
Tablas por nivel y categoríaSMI 2026: 1.221 €/mes (RD 126/2026)
Manutención 59,21 €, alojamiento 55,53 €Registro diario de jornada (RD-ley 8/2019)
Nocturnidad al +25 %Nocturno de 22:00 a 6:00 (art. 36 ET)
1.783 horas anuales en 202680 horas extra al año (art. 35 ET)
31 días de vacacionesMínimo 30 días (art. 38 ET)

Izquierda: DOGC núm. 9630 de 23/3/2026. Derecha: Estatuto de los Trabajadores, RD-ley 8/2019 y RD 126/2026.

Regla mental: lo que se cobra sale de Cataluña; lo que se cumple sale del Estado. Con el SMI aquí no hay que complementar nada: el suelo del convenio, el nivel VI, son 1.232,72 €/mes, 11,72 € por encima del SMI 2026. Revísalo cada enero: si el SMI sube más, manda el SMI.

Y esto no se negocia ni con la firma del trabajador: los derechos de convenio son irrenunciables (art. 3.5 ET). Más en obligaciones de un bar, Inspección de Trabajo y contratos.

10. Esto puede cambiar: cómo lo compruebas tú

Se modifica por acta de la comisión paritaria. Así lo verificas tú:

  1. El PDF del DOGC núm. 9630, con el anexo A entero.
  2. La ficha en la Diputació de Barcelona: histórico y modificaciones.
  3. El texto de FeSMC-UGT de Catalunya, sindicato firmante.
Lo que sabemos y lo que no, a 11 de agosto de 2026.
  • Hay una publicación posterior, la Resolución EMT/2018/2026, de 18 de junio (acta paritaria, DOGC de 29 de junio de 2026): solo corrige una errata del régimen disciplinario y no toca las tablas. No damos su número de boletín: el que circula es incoherente con la numeración del DOGC.
  • No hemos localizado revisiones de las tablas de 2026 posteriores a marzo, aunque no descartamos alguna de julio o agosto.
  • Circula un 3,1 % «para los salarios más bajos»: va por Tarragona y Girona y no lo hemos contrastado. Para Barcelona lo verificado es el 4 %.
  • Circula también que CCOO no firmó; el encabezado de la Resolución EMT/774/2026 dice lo contrario.
  • No hemos verificado el estado actual del de Lleida, cuyo periodo acababa el 30/06/2026.

Última comprobación: 11 de agosto de 2026. Antes de firmar una nómina, confírmalo en el boletín. El resto, en la guía madre: convenio de hostelería y sueldos 2026.

Y si tu local no está en Cataluña, el mismo trabajo hecho en las otras cinco provincias: Madrid (venció y sigue aplicándose con las tablas de 2025), Baleares (vigente hasta 2028), Málaga (vigente hasta 2027), Alicante (última anualidad, hasta el 31/12/2026) y Lugo (prorrogado).

11. El convenio fija el sueldo; las horas las registras tú

El convenio dice cuánto pagar; las horas las registra el empresario por ley (RD-ley 8/2019), y es lo primero que pide la Inspección de Trabajo. Con la jornada anual, la nocturnidad y los festivos de este convenio, sin registro no demuestras nada. Más en registro de jornada.

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Preguntas frecuentes sobre el convenio de hostelería de Barcelona

¿Qué convenio de hostelería se aplica en Barcelona en 2026?
En Barcelona no hay convenio provincial: se aplica el Convenio colectivo interprovincial de hostelería y turismo de Cataluña, código 79000275011992, publicado en el DOGC núm. 9630 de 23 de marzo de 2026. Plenamente vigente, ni prorrogado ni en ultraactividad, hasta el 31 de diciembre de 2028.
¿Cuánto cobra un camarero en Barcelona en 2026?
Camarero y cocinero son nivel 3: en la tabla de Barcelona de 2026 el nivel III va de 1.607,25 a 1.803,05 euros al mes según la categoría del local, en 14 pagas, más pluses y antigüedad.
¿Dónde están las tablas salariales del convenio de hostelería de Barcelona?
En el anexo A, DOGC núm. 9630 de 23 de marzo de 2026: 83 páginas con las cuatro tablas cerradas (2025 a 2028). Barcelona ocupa los apartados A.3 a A.6; el Maresme, con tablas propias, los A.7 a A.10.
¿Cuánto suben los sueldos del convenio de hostelería de Cataluña en 2027 y 2028?
El artículo 35 fija subidas cerradas: 4 por ciento en 2025, 4 en 2026, 4 en 2027 y 3 en 2028, con las tablas ya publicadas. No hay cláusula de revisión por IPC.
¿Hay plus de transporte en el convenio de hostelería de Barcelona?
Solo para quien ya lo venía cobrando: el artículo 40 lo mantiene únicamente para quienes lo percibían a la entrada en vigor del convenio, y en las mismas cuantías. En Barcelona 2026 son 14,42 euros al mes.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de hostelería de Cataluña?
Treinta y un días naturales (artículo 30): uno más que el mínimo del Estatuto, preferentemente entre el 1 de abril y el 31 de octubre.
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